¡Ojo avizor! Ana de Santiago advierte que es vital estar encima del negocio para vigilar su evolución. “Esto pasaría por organizar revisiones periódicas o por planificar los resultados para comprobar el cumplimiento de los objetivos marcados”.
Herramientas inspectoras. El socio ha de valorar la existencia de herramientas concretas con las que realizar el control, “como es el caso de un sistema informático que registre las ventas diarias o la rotación de existencias”, detalla Mariano Alonso.
Recursos legales. La ley ofrece herramientas para llevar a cabo esa labor de vigilancia. Concretamente, algunos de los artículos de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada. La SL es la fórmula jurídica elegida por los emprendedores “en el 90% de las ocasiones”, asegura Cerrillo-Gómez. De este modo, en el artículo 86 se recoge, a través de tres puntos, el derecho a examinar la contabilidad:
• A partir de la convocatoria de la junta general, cualquier socio podrá obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma, así como el informe de gestión.
• Durante el mismo plazo y, salvo disposición contraria de los estatutos, el socio o socios que representen al menos el 5 % del capital podrán examinar en el domicilio social, por sí o en unión de un experto contable, los documentos que sirvan de soporte y de antecedente de las cuentas anuales.
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