Derechos del Empleado Socio Torrelavega Cantabria

Así, antes de tomar la decisión de convertir a un empleado en socio, lo primero que tiene que hacer el empresario es leer bien la letra pequeña. Continúe leyendo el artículo...

Campa Mazon Jose Luis De La
942881659
Julian Ceballos 29
Torrelavega, Cantabria
Bravo Y Cicero Asociados S.C.  
942800508
Julian Ceballos 17
Torrelavega, Cantabria
Abogado Javier Diaz Saiz-Pardo Jose Posada Herrera, 6 - Entlo. A  
942894366
Jose Posada Herrera 9
Torrelavega, Cantabria
Centro De Dia Ancora Alonso Astulez, 11  
942087660
Torquiendo 
Torrelavega, Cantabria
Churiaque & Abogados Ruiz Tagle, 3  
942893262
Ruiz Tagle 3
Torrelavega, Cantabria
Andrés Ceballos Cabrillo  
942803532
Angel Menendez 1
Torrelavega, Cantabria
Abogada Soledad Castillo Julian Ceballos, 36  
942882070
Julian Ceballos 38
Torrelavega, Cantabria
Castro Diaz Casto De
942805295
Gilberto Quijano 1
Torrelavega, Cantabria
Calderon Torres Rafael
942882419
Menendez Pelayo 4
Torrelavega, Cantabria
Abogados Fernandez Nuñez Jose Maria Pereda, 3 Entlo.  
942801753
Jose Maria Pereda 3
Torrelavega, Cantabria
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Derechos del Empleado Socio

"Para empezar, debe pensar en los derechos que adquiere el trabajador–asociado en la empresa", advierte Esperanza Valdés, asesora legal del Centro de Iniciativa Emprendedora (CIADE) de la Universidad Autónoma de Madrid.

Además de participar en el reparto de las ganancias, el empleado–socio tiene derecho a adquirir luego más acciones (en condiciones preferentes), si se amplía el capital social de tu empresa. Y si tu negocio cierra, tiene también derecho a participar en su liquidación de forma proporcional al número de acciones que posea. Asimismo, podrá asistir a la junta general y a votar. Hasta aquí, sin problemas.

Y ahora viene lo que le hace menos gracia, por lo general, a cualquier emprendedor: ese trabajador–socio goza del derecho de información. Por un lado, puede solicitar todos los informes relacionados con la convocatoria de una junta general. “Por otro –explica Valdés–, permite a aquellos socios que posean el 5% del capital el derecho a examinar en el domicilio social la contabilidad en unión de un experto independiente”, continúa esta experta legal. Por debajo de este porcentaje, no hay obligación legal de dar a un socio acceso a las cuentas...

Si el empresario ha elegido bien a sus socios, no hay ningún problema ni con éste, ni con ningún otro derecho. Lo que nos lleva a la siguiente pregunta: ¿A quién puedes hacer socio? Legalmente, a cualquier empleado. En la práctica, no a todos.

¿Todos socios?

“Que un empleado sea un buen profesional no quiere decir que le tengas que hacer socio”, alerta Cuesta. “No se puede hacer socio a cualquier empleado. Es una decisión que se debe tomar sólo con personas de las que tengas pruebas que aportan mucho valor a tu negocio: por su cartera de clientes, por su volumen de facturación o por sus conocimientos. Y lo que es más importante: que tengas la certeza de que seguirán siendo valiosos a largo plazo”, explica Carlos Delgado.

“A lo mejor, un empleado da un pelotazo un año, consigue un contrato de un millón de euros, le das acciones,y al año siguiente, pierde ese contrato o baja su rendimiento. Eso, luego, cuesta mucho resolverlo, por muchas cláusulas que introduzcas en el contrato de compraventa de acciones”, continúa Delgado.“Tiene que haber muchos éxitos antes de hacer socio a un empleado. Si un trabajador funciona bien un año, dale un bonus. Si repite otro año, dale otro bonus. Y si se repite un tercero, al cuarto, le haces socio”, propone Delgado.

Los expertos que hemos consultado recomiendan, además, dirigir esta medida únicamente a directores, gerentes y mandos intermedios. “Un trabajador que no sea directivo y que sea sólo empleado no se involucra tanto en la empresa. Además, tiene una visión diferente de la empresa”, plantea Álvaro Cuesta, fundador del Grupo Sherpa Inteligencia Digital, un emprendedor madrileño que ha hecho socios a tres de sus principales directivos en los dos últimos años.“Si quieres convertir a un trabajador raso en socio, lo que tienes que hacer es acompañar las acciones de un nombramiento”, propone Cuesta.

Por último, apunta el presidente de Compensa Capital Humano, “tienes que pensar que no a todos los empleados les puede gustar el hecho de ser socios. Hay muchas organizaciones en las que los trabajadores le dicen al empresario: déjate de acciones y derechos y súbeme el sueldo”

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