Desgravar es Sencillo si Sabes Cómo Sitges Cataluña

Cuando el ejercicio fiscal toca a su fin para la mayoría de las empresas, llega el momento de buscar las máximas deducciones que permitan cuadrar las cuentas. A continuación obtendrás información...

Huguet Rajoy Jose Luis
938941581
Maritim 89
Sitges, Cataluña
Mb Assessors, Scp  
938940831
Rafael Llopart 37
Sitges, Cataluña
Algessit Assesors Consulting S.L.  
938114155
Rafael Llopart 60
Sitges, Cataluña
Edad Activa Sl  
938102361
Pepe De Garraf (D'En) 28
Sitges, Cataluña
Gestion De Sitges S.C.P. Joan Tarrida, 26 - 1R 1A  
938944950
Joan Tarrida 26
Sitges, Cataluña
Gestion De Sitges S.C.P.  
938944950
Joan Tarrida 26
Sitges, Cataluña
Jade Management S.L.  
938940456
Miquel Utrillo 41
Sitges, Cataluña
Pentagono 2000 S.L.  
938107142
Maritim 37
Sitges, Cataluña
Products Initiatives And Commerce S.A.  
938112157
Maritim 19
Sitges, Cataluña
Roura Apime S.L.  
938110881
Angel Vidal 5
Sitges, Cataluña
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Desgravar es Sencillo si Sabes Cómo



Lograr deducciones fiscales para un autónomo o una pyme no resulta fácil. Primero, por la tendencia natural que tenemos a fijarnos a la hora de desgravar sólo en nuestros ingresos y olvidarnos por completo de las ventajas fiscales derivadas de los gastos. Y, segundo, por el respeto que imponen las labores contables para los no experimentados en la materia. Como norma general, hay que señalar que la ley considera deducible cualquier gasto que esté relacionado con la actividad económica y que se derive de la labor profesional, siempre y cuando podamos demostrarlo mediante factura, y esté incluido en la contabilidad de nuestro negocio. Son gastos básicos para desarrollar la actividad: personal, consumo de materias primas, de material de oficina, arrendamientos, tributos, etc. Pero hay otros.

La ley considera deducibles los gastos relacionados con la actividad económica que se deriven de la labor profesional y se justifiquen con una factura.

El reto de desgravar

A la hora de desgravar, hay tres tipos de impuestos y de vías por las que se puede materializar la desgravación de nuestros gastos: la liquidación del IVA, la declaración del IRPF, en caso de ser empresario individual, y, si se trata de una sociedad, la liquidación del Impuesto de Sociedades. En el primer caso...

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