Registro de Patentes Aranda De Duero Castilla y León

Una patente es un conjunto de derechos exclusivos concedidos por un Estado a un inventor o a su cesionario. A continuación les hablaremos del procedimiento para registrar patentes...

Centro De Logopedia  
947512319
Sal 9
Aranda Duero, Castilla y León
Abogado  
947546070
Bejar 9
Aranda Duero, Castilla y León
Vicario Palacios Pilar
947510606
Trigo 4
Aranda Duero, Castilla y León
Colegio Publico Santa Maria  
947500722
General Gutierrez 5
Aranda Duero, Castilla y León
Abogados Holgado Sol De Las Moreras, 4 - 1º A  
947503154
Sol De Las Moreras 4
Aranda Duero, Castilla y León
Abogado Francisco Javier Esgueva Plaza Santa Maria, 4 - 2º A  
947504804
Santa Maria 4
Aranda Duero, Castilla y León
Esgueva Santamaria Antonio
947512383
Postas 6
Aranda Duero, Castilla y León
Bejar, 9 - 2º A  
947546070
Bejar 9
Aranda Duero, Castilla y León
Abogados Garcia Ochoa Plaza Arco Isilla, 7 - 1º  
947500210
Arco Isilla 7
Aranda Duero, Castilla y León
Abogada Soledad Romeral Martin Santa Lucia, 15 - 1º A  
947512520
Santa Lucia 15
Aranda Duero, Castilla y León
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Registro de Patentes

PROCEDIMIENTO:

• Los distintos tipos de patentes (nacional, europea, internacional, modelo de utilidad, certificado complementario de protección) se registran en la Oficina Española de Patentes y Marcas.

• El primer paso consiste en rellenar la solicitud y abonar una tasa de 86,40 euros. El proceso se prolongará, como mínimo, durante 18 meses. Desde el momento de la solicitud, el titular tiene un plazo de 15 meses para solicitar el Informe de Estado de la Técnica. Para ello, tendrá que presentar toda la documentación necesaria para describir su invento: dibujos, explicaciones, planos, fórmulas, etc. La oficina estudiará el invento y redactará el citado informe exponiendo sus características técnicas. Si concluye que el invento no está ya registrado, otorgará la patente.

• En el momento en que se resuelve el proceso, el inventor debe abonar los derechos de concesión (26,63 euros), que cubren las tasas de los dos primeros años. A partir de ahí, cada año deberá pagar un importe que va ascendiendo a medida que pasa el tiempo, hasta los 596,34 euros del vigésimo año. Existe una exención de tasas, que en realidad funciona como un aplazamiento para los cuatro primeros años.

• El titular de la patente debe explotar el invento, por sí mismo o por medio de terceros, en un plazo de cuatro años desde la solicitud, o tres años desde la concesión.

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