Registro de Patentes Esplugues De Llobregat Cataluña

Una patente es un conjunto de derechos exclusivos concedidos por un Estado a un inventor o a su cesionario. A continuación les hablaremos del procedimiento para registrar patentes...

Jose Luis Garcia Abogados Asociados S.C.P.  
934733232
Vicenç Bou 16
Esplugues Llobregat, Cataluña
Angli Mas Marta
933713563
Eduard Toldra 15
Esplugues Llobregat, Cataluña
Bufet Busquets Terradellas S.L.  
933722425
Torrent 30
Esplugues Llobregat, Cataluña
Bufette Cardona S.L.  
934705769
Mestre Joaquim Rosal 11
Esplugues Llobregat, Cataluña
Ferraris Campassi Anibal
934735820
Bruc 52
Esplugues Llobregat, Cataluña
Jimenez Garcia Josefa
933728529
Ignasi Iglesias 71
Esplugues Llobregat, Cataluña
Matilde Bremon  
933713490
Mestre Joan Corrales 67
Esplugues Llobregat, Cataluña
Morata Fernandez Sonia
934737308
Mestre Joan Corrales 47
Esplugues Llobregat, Cataluña
Suarez De Vivero Javier
933716748
Jaume Huguet 14
Esplugues Llobregat, Cataluña
Vazquez Quiroga Maria
933719620
Josep Rodoreda 10
Esplugues Llobregat, Cataluña
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Registro de Patentes

PROCEDIMIENTO:

• Los distintos tipos de patentes (nacional, europea, internacional, modelo de utilidad, certificado complementario de protección) se registran en la Oficina Española de Patentes y Marcas.

• El primer paso consiste en rellenar la solicitud y abonar una tasa de 86,40 euros. El proceso se prolongará, como mínimo, durante 18 meses. Desde el momento de la solicitud, el titular tiene un plazo de 15 meses para solicitar el Informe de Estado de la Técnica. Para ello, tendrá que presentar toda la documentación necesaria para describir su invento: dibujos, explicaciones, planos, fórmulas, etc. La oficina estudiará el invento y redactará el citado informe exponiendo sus características técnicas. Si concluye que el invento no está ya registrado, otorgará la patente.

• En el momento en que se resuelve el proceso, el inventor debe abonar los derechos de concesión (26,63 euros), que cubren las tasas de los dos primeros años. A partir de ahí, cada año deberá pagar un importe que va ascendiendo a medida que pasa el tiempo, hasta los 596,34 euros del vigésimo año. Existe una exención de tasas, que en realidad funciona como un aplazamiento para los cuatro primeros años.

• El titular de la patente debe explotar el invento, por sí mismo o por medio de terceros, en un plazo de cuatro años desde la solicitud, o tres años desde la concesión.

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