Registro de Patentes Marbella Andalucía

Una patente es un conjunto de derechos exclusivos concedidos por un Estado a un inventor o a su cesionario. A continuación les hablaremos del procedimiento para registrar patentes...

Alcala Belon Carlos
952778344
Ricardo Soriano 4
Marbella, Andalucía
Magariño Sanchez Ivan
952778448
Ricardo Soriano 2
Marbella, Andalucía
Alcala De Lima Antonio
952764410
Nabeul 
Marbella, Andalucía
Nieto Mazarron Luis Daniel
952773547
Antonio Belon 4
Marbella, Andalucía
Alonso Arbeo Jose Javier
952766281
Maria Auxiliadora 2
Marbella, Andalucía
Ab Asesores Y Administraciones S.L.  
952766464
Ricardo Soriano 43
Marbella, Andalucía
Agundez Y Rodriguez S.L.  
952821883
Capricho (El) 7
Marbella, Andalucía
Abogado Carlos Diaz Ordoñez M.ª Auxili. Edif. Pata-Pata  
952821960
Maria Auxiliadora 2
Marbella, Andalucía
Administramar S.L.  
952773583
Antonio Herrero 8
Marbella, Andalucía
Abogado Carlos Diaz Ordoñez M.ª Auxili. Edif.Pata-Pata  
952821960
Maria Auxiliadora 2
Marbella, Andalucía
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Registro de Patentes

PROCEDIMIENTO:

• Los distintos tipos de patentes (nacional, europea, internacional, modelo de utilidad, certificado complementario de protección) se registran en la Oficina Española de Patentes y Marcas.

• El primer paso consiste en rellenar la solicitud y abonar una tasa de 86,40 euros. El proceso se prolongará, como mínimo, durante 18 meses. Desde el momento de la solicitud, el titular tiene un plazo de 15 meses para solicitar el Informe de Estado de la Técnica. Para ello, tendrá que presentar toda la documentación necesaria para describir su invento: dibujos, explicaciones, planos, fórmulas, etc. La oficina estudiará el invento y redactará el citado informe exponiendo sus características técnicas. Si concluye que el invento no está ya registrado, otorgará la patente.

• En el momento en que se resuelve el proceso, el inventor debe abonar los derechos de concesión (26,63 euros), que cubren las tasas de los dos primeros años. A partir de ahí, cada año deberá pagar un importe que va ascendiendo a medida que pasa el tiempo, hasta los 596,34 euros del vigésimo año. Existe una exención de tasas, que en realidad funciona como un aplazamiento para los cuatro primeros años.

• El titular de la patente debe explotar el invento, por sí mismo o por medio de terceros, en un plazo de cuatro años desde la solicitud, o tres años desde la concesión.

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