Registro de Patentes Palma Baleares

Una patente es un conjunto de derechos exclusivos concedidos por un Estado a un inventor o a su cesionario. A continuación les hablaremos del procedimiento para registrar patentes...

Tresku Alta Confeccion Sl  
971722198
Velazquez 6
Palma, Baleares
Varas Ramos Esperanza
971753678
Ram Berenguer Iii 14
Palma, Baleares
Abogado Soler Bordoy, Miguel Manuel Sant Miquel, 68 A - 6º  
971723245
Sant Miquel 68
Palma, Baleares
Arrom Abrines, Pedro Abogado Lluis Vives, 9 - 4Rt D  
971754693
Lluis Vives 9
Palma, Baleares
Abogados Asociados S.C.  
971710399
Santa Clara 6
Palma, Baleares
Abogado Matas Mir, Francisco Pasaje Guillem De Torrella, 1 - 2º  
971721733
G Torrella (Parti) 1
Palma, Baleares
Aguilera Cano Domingo
971722883
Parellades 12
Palma, Baleares
Abogados  
971462847
Gabriel Alomar I V 15
Palma, Baleares
Rizos Academia Enric Alzamora, 3 - Entl.  
971712212
Enric Alzamora 3
Palma, Baleares
Yague Bermudez Felix
971719890
Bisbe Berenguer Pa 11
Palma, Baleares
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Registro de Patentes

PROCEDIMIENTO:

• Los distintos tipos de patentes (nacional, europea, internacional, modelo de utilidad, certificado complementario de protección) se registran en la Oficina Española de Patentes y Marcas.

• El primer paso consiste en rellenar la solicitud y abonar una tasa de 86,40 euros. El proceso se prolongará, como mínimo, durante 18 meses. Desde el momento de la solicitud, el titular tiene un plazo de 15 meses para solicitar el Informe de Estado de la Técnica. Para ello, tendrá que presentar toda la documentación necesaria para describir su invento: dibujos, explicaciones, planos, fórmulas, etc. La oficina estudiará el invento y redactará el citado informe exponiendo sus características técnicas. Si concluye que el invento no está ya registrado, otorgará la patente.

• En el momento en que se resuelve el proceso, el inventor debe abonar los derechos de concesión (26,63 euros), que cubren las tasas de los dos primeros años. A partir de ahí, cada año deberá pagar un importe que va ascendiendo a medida que pasa el tiempo, hasta los 596,34 euros del vigésimo año. Existe una exención de tasas, que en realidad funciona como un aplazamiento para los cuatro primeros años.

• El titular de la patente debe explotar el invento, por sí mismo o por medio de terceros, en un plazo de cuatro años desde la solicitud, o tres años desde la concesión.

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