Registro de Patentes Pamplona Navarra

Una patente es un conjunto de derechos exclusivos concedidos por un Estado a un inventor o a su cesionario. A continuación les hablaremos del procedimiento para registrar patentes...

Abogado Peralta Calvo, Juan Carlos Av. Baja Navarra, 17 - 1º C  
948131877
Baja Navarra / Nafarroa Behereko Etorbidea 17
Iruña, Navarra
Abadia Escola Joaquin
948245147
Yanguas Y Miranda / Yanguas Y Miranda Kalea 19
Iruña, Navarra
Abogado Batalla Casanovas Avda. Pio Xii, 9 - 1 Izqda.  
948271003
Pio Xii / Pio Xii.Aren Etorbidea 9
Iruña, Navarra
Flor Revuelta Maria Cristina Y Otra S. Cv.  
948223913
Pozo Blanco / Pozo Blanco Kalea 14
Iruña, Navarra
Balda Docel Angel Maria
948228827
San Ignacio / San Ignazio Etorbidea 5
Iruña, Navarra
Esparza Ecay Maria
948225345
Mayor / Kale Nagusia 3
Iruña, Navarra
Balda Doncel, Angel Av. San Ignacio, 5 - 4º C  
948228827
San Ignacio / San Ignazio Etorbidea 5
Iruña, Navarra
Moreno Tineo Fernando
948153358
Sanguesa / Zangoza Kalea 40
Iruña, Navarra
Jara Arozarena Isabel
948250383
Monasterio De Iranzu/Irantzuko Monasterioaren Kale 1
Iruña, Navarra
Arquitectos Vasconavarro  
948206080
Ejercito / Armada Etorbidea 2
Iruña, Navarra
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Registro de Patentes

PROCEDIMIENTO:

• Los distintos tipos de patentes (nacional, europea, internacional, modelo de utilidad, certificado complementario de protección) se registran en la Oficina Española de Patentes y Marcas.

• El primer paso consiste en rellenar la solicitud y abonar una tasa de 86,40 euros. El proceso se prolongará, como mínimo, durante 18 meses. Desde el momento de la solicitud, el titular tiene un plazo de 15 meses para solicitar el Informe de Estado de la Técnica. Para ello, tendrá que presentar toda la documentación necesaria para describir su invento: dibujos, explicaciones, planos, fórmulas, etc. La oficina estudiará el invento y redactará el citado informe exponiendo sus características técnicas. Si concluye que el invento no está ya registrado, otorgará la patente.

• En el momento en que se resuelve el proceso, el inventor debe abonar los derechos de concesión (26,63 euros), que cubren las tasas de los dos primeros años. A partir de ahí, cada año deberá pagar un importe que va ascendiendo a medida que pasa el tiempo, hasta los 596,34 euros del vigésimo año. Existe una exención de tasas, que en realidad funciona como un aplazamiento para los cuatro primeros años.

• El titular de la patente debe explotar el invento, por sí mismo o por medio de terceros, en un plazo de cuatro años desde la solicitud, o tres años desde la concesión.

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