Registro de Patentes Pineda De Mar Cataluña

Una patente es un conjunto de derechos exclusivos concedidos por un Estado a un inventor o a su cesionario. A continuación les hablaremos del procedimiento para registrar patentes...

Pons Juli Jordi
937671116
Rusiñol 93
Pineda Mar, Cataluña
Valls Lloret Jose Domingo
937626100
Montserrat 44
Pineda Mar, Cataluña
Fernandez Padin Juan Angel
937670864
Roig I Jalpi 2
Pineda Mar, Cataluña
Advocat Francesc More Verge De Montserrat, 15  
937655119
Salvador Espriu 2
Malgrat Mar, Cataluña
Malva S.C.P.  
937610497
Cami Nou 14
Malgrat Mar, Cataluña
Masnou Ridaura Jordi
937629192
Dr. Bertomeu 24
Pineda Mar, Cataluña
San Mateo Hidalgo Maria Del Mar
937621689
Mar 57
Pineda Mar, Cataluña
Artiaga Gual Jose Manuel
937624552
Roig I Jalpi 6
Pineda Mar, Cataluña
Abogada Monica Salazar Parga Desclapers, 14 - 1R Dta.  
937619672
Desclapers 14
Malgrat Mar, Cataluña
Advocada Angels More Verge De Montserrat, 15  
937655119
Salvador Espriu 2
Malgrat Mar, Cataluña
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Registro de Patentes

PROCEDIMIENTO:

• Los distintos tipos de patentes (nacional, europea, internacional, modelo de utilidad, certificado complementario de protección) se registran en la Oficina Española de Patentes y Marcas.

• El primer paso consiste en rellenar la solicitud y abonar una tasa de 86,40 euros. El proceso se prolongará, como mínimo, durante 18 meses. Desde el momento de la solicitud, el titular tiene un plazo de 15 meses para solicitar el Informe de Estado de la Técnica. Para ello, tendrá que presentar toda la documentación necesaria para describir su invento: dibujos, explicaciones, planos, fórmulas, etc. La oficina estudiará el invento y redactará el citado informe exponiendo sus características técnicas. Si concluye que el invento no está ya registrado, otorgará la patente.

• En el momento en que se resuelve el proceso, el inventor debe abonar los derechos de concesión (26,63 euros), que cubren las tasas de los dos primeros años. A partir de ahí, cada año deberá pagar un importe que va ascendiendo a medida que pasa el tiempo, hasta los 596,34 euros del vigésimo año. Existe una exención de tasas, que en realidad funciona como un aplazamiento para los cuatro primeros años.

• El titular de la patente debe explotar el invento, por sí mismo o por medio de terceros, en un plazo de cuatro años desde la solicitud, o tres años desde la concesión.

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