Registro de Patentes Torrelavega Cantabria

Una patente es un conjunto de derechos exclusivos concedidos por un Estado a un inventor o a su cesionario. A continuación les hablaremos del procedimiento para registrar patentes...

Campa Mazon Jose Luis De La
942881659
Julian Ceballos 29
Torrelavega, Cantabria
Bravo Y Cicero Asociados S.C.  
942800508
Julian Ceballos 17
Torrelavega, Cantabria
Abogado Javier Diaz Saiz-Pardo Jose Posada Herrera, 6 - Entlo. A  
942894366
Jose Posada Herrera 9
Torrelavega, Cantabria
Centro De Dia Ancora Alonso Astulez, 11  
942087660
Torquiendo 
Torrelavega, Cantabria
Churiaque & Abogados Ruiz Tagle, 3  
942893262
Ruiz Tagle 3
Torrelavega, Cantabria
Andrés Ceballos Cabrillo  
942803532
Angel Menendez 1
Torrelavega, Cantabria
Abogada Soledad Castillo Julian Ceballos, 36  
942882070
Julian Ceballos 38
Torrelavega, Cantabria
Castro Diaz Casto De
942805295
Gilberto Quijano 1
Torrelavega, Cantabria
Calderon Torres Rafael
942882419
Menendez Pelayo 4
Torrelavega, Cantabria
Abogados Fernandez Nuñez Jose Maria Pereda, 3 Entlo.  
942801753
Jose Maria Pereda 3
Torrelavega, Cantabria
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Registro de Patentes

PROCEDIMIENTO:

• Los distintos tipos de patentes (nacional, europea, internacional, modelo de utilidad, certificado complementario de protección) se registran en la Oficina Española de Patentes y Marcas.

• El primer paso consiste en rellenar la solicitud y abonar una tasa de 86,40 euros. El proceso se prolongará, como mínimo, durante 18 meses. Desde el momento de la solicitud, el titular tiene un plazo de 15 meses para solicitar el Informe de Estado de la Técnica. Para ello, tendrá que presentar toda la documentación necesaria para describir su invento: dibujos, explicaciones, planos, fórmulas, etc. La oficina estudiará el invento y redactará el citado informe exponiendo sus características técnicas. Si concluye que el invento no está ya registrado, otorgará la patente.

• En el momento en que se resuelve el proceso, el inventor debe abonar los derechos de concesión (26,63 euros), que cubren las tasas de los dos primeros años. A partir de ahí, cada año deberá pagar un importe que va ascendiendo a medida que pasa el tiempo, hasta los 596,34 euros del vigésimo año. Existe una exención de tasas, que en realidad funciona como un aplazamiento para los cuatro primeros años.

• El titular de la patente debe explotar el invento, por sí mismo o por medio de terceros, en un plazo de cuatro años desde la solicitud, o tres años desde la concesión.

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