Registro de Patentes Valls Cataluña

Una patente es un conjunto de derechos exclusivos concedidos por un Estado a un inventor o a su cesionario. A continuación les hablaremos del procedimiento para registrar patentes...

Gine Rosello Jose Maria
977600181
Abat Llort 17
Valls, Cataluña
Guasch Cunillera Maria Elena
977613181
Pati Del Castell 14
Valls, Cataluña
Guiral Segovia Jesus
977600214
Esperanto 1
Valls, Cataluña
Legalab S.C.P.  
977604204
Vallvera (De La) 9
Valls, Cataluña
Murillo Rodriguez Francisco
977601824
Panta Del 8
Valls, Cataluña
Advocats Vallvera Vallbera, 6 - 1R 2A  
977612259
Grup Vallbera 6
Valls, Cataluña
Barbera Membrado Maria Teresa
977606304
Fornas Del 5
Valls, Cataluña
Caballero Ristol Maria Eugenia
977602760
Pla Del 16
Valls, Cataluña
Cabre Associats, Advocats, S.C.P  
977606180
Germans Sant Gabriel 4
Valls, Cataluña
Casañas I Associats Gestors S.L.  
977600233
Abat Llort 9
Valls, Cataluña
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Registro de Patentes

PROCEDIMIENTO:

• Los distintos tipos de patentes (nacional, europea, internacional, modelo de utilidad, certificado complementario de protección) se registran en la Oficina Española de Patentes y Marcas.

• El primer paso consiste en rellenar la solicitud y abonar una tasa de 86,40 euros. El proceso se prolongará, como mínimo, durante 18 meses. Desde el momento de la solicitud, el titular tiene un plazo de 15 meses para solicitar el Informe de Estado de la Técnica. Para ello, tendrá que presentar toda la documentación necesaria para describir su invento: dibujos, explicaciones, planos, fórmulas, etc. La oficina estudiará el invento y redactará el citado informe exponiendo sus características técnicas. Si concluye que el invento no está ya registrado, otorgará la patente.

• En el momento en que se resuelve el proceso, el inventor debe abonar los derechos de concesión (26,63 euros), que cubren las tasas de los dos primeros años. A partir de ahí, cada año deberá pagar un importe que va ascendiendo a medida que pasa el tiempo, hasta los 596,34 euros del vigésimo año. Existe una exención de tasas, que en realidad funciona como un aplazamiento para los cuatro primeros años.

• El titular de la patente debe explotar el invento, por sí mismo o por medio de terceros, en un plazo de cuatro años desde la solicitud, o tres años desde la concesión.

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